Espiritismo Venezolano y sus Cortes
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Pregunto.
A los Yyawose en su año de inicio, los padrinos le pueden cobrar las rogaciones de cabezas mensuales indicadas en ita?

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Saludos

Religión Yorùbá es el sistema de creencias de una serie de tribus de África Occidental agrupadas como Pueblo Yorùbá.

En su lengua la palabra ìyàwó significa novia, esposa.

Derivada de la Religión Yorùbá es la Santería o Regla de Ocha, en donde se acostumbra que la persona consagrada en un Oricha permanezca un año manteniendo una serie de restricciones o tabúes llamado Iyaworaje

Ese año de tabúes no se acostumbra en la Religión Yorùbá de África Occidental.

Sus mayores no solo pueden sino que deben cobrarle a usted puesto que el pago de dinero es Ẹbọ (sacrificio, ofrenda).
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arnaldo escribió:
Pregunto.
A los Yyawose en su año de inicio, los padrinos le pueden cobrar las rogaciones de cabezas mensuales indicadas en ita?


La respuesta del hermano Adal es correcta.
De todas formas le añado que si esto representa un problema para usted, por cuestiones económicas, etc, vaya con su padrino y comentele el asunto con discrección. Todo se puede regular y todo se puede flexibilizar si hay buena voluntad y diálogo.

Que esté bien.

_________________
Yo vengo de todas partes,
Y hacia todas partes voy:
Arte soy entre las artes,
En los montes, monte soy.

Yo sé los nombres extraños
De las yerbas y las flores,
Y de mortales engaños,
Y de sublimes dolores.

(José Martí, 1891, Cuba)

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ok muchas gracias por la aclaración de mis dudas,

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a un iyawo o yawo no se le deben cobrar derechos, al ser un año de purificaciòn no deben consultarlo o marcale obras fuera de su ita, por supuesto si dentro de su ita se le marca recibir algun orisha o poder como el ebbo meta para su estabilidad y que debe realizarse durante el iyaworaje, el iyawo debe cancelar el costo, en cuanto a las rogaciones cada casa tiene sus reglas y hay que respetar los criterios de otros religiosos pero es mi humilde opinion que no se deberia

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Ibu akofa escribió:
a un iyawo o yawo no se le deben cobrar derechos, al ser un año de purificaciòn no deben consultarlo o marcale obras fuera de su ita, por supuesto si dentro de su ita se le marca recibir algun orisha o poder como el ebbo meta para su estabilidad y que debe realizarse durante el iyaworaje, el iyawo debe cancelar el costo, en cuanto a las rogaciones cada casa tiene sus reglas y hay que respetar los criterios de otros religiosos pero es mi humilde opinion que no se deberia


Abure, en muchos Ilés es tradición hacer Rogación de Orí todos los meses al Iyawo... Hasta incluso con independencia de lo que Itá diga. La rogación es Ebbó, se dice "Rogación" pero el término es Ebbó Orí, y Ebbó exige derecho (de acuerdo con Oddún).

Ebbo Meta no se realiza si Ita lo sugiere, como creo entender en su mensaje (ruego disculpe si entendí mal), Ebbó Meta se hace siempre al Iyawo. Se le dice Ebbó Meta por eso, porque es el Ebbó de los tres meses.

Yo respeto mucho todas las opiniones, pero por favor, recordemos que esta religión es Oddún.
Eso sí, lo que ya no debe hacer un mayor es abusar. Hay que actuar con responsabilidad.

Tanto derecho son $5 como $500.

Que esté bien.


_________________
Yo vengo de todas partes,
Y hacia todas partes voy:
Arte soy entre las artes,
En los montes, monte soy.

Yo sé los nombres extraños
De las yerbas y las flores,
Y de mortales engaños,
Y de sublimes dolores.

(José Martí, 1891, Cuba)

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Saludos Ngando Batalla

Abure, en muchos Ilés es tradición hacer Rogación de Orí todos los meses al Iyawo... Hasta incluso con independencia de lo que Itá diga. La rogación es Ebbó, se dice "Rogación" pero el término es Ebbó Orí, y Ebbó exige derecho (de acuerdo con Oddún).

Ẹbọrí (ẹbọ-orí); Odù signo de Ifá; Ìtàn historia, relato

Ebbo Meta no se realiza si Ita lo sugiere, como creo entender en su mensaje (ruego disculpe si entendí mal), Ebbó Meta se hace siempre al Iyawo. Se le dice Ebbó Meta por eso, porque es el Ebbó de los tres meses.

Ẹbọ Mẹ́ta: Tres Sacrificios

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Ngando Batalla escribió:
Ibu akofa escribió:
a un iyawo o yawo no se le deben cobrar derechos, al ser un año de purificaciòn no deben consultarlo o marcale obras fuera de su ita, por supuesto si dentro de su ita se le marca recibir algun orisha o poder como el ebbo meta para su estabilidad y que debe realizarse durante el iyaworaje, el iyawo debe cancelar el costo, en cuanto a las rogaciones cada casa tiene sus reglas y hay que respetar los criterios de otros religiosos pero es mi humilde opinion que no se deberia


Abure, en muchos Ilés es tradición hacer Rogación de Orí todos los meses al Iyawo... Hasta incluso con independencia de lo que Itá diga. La rogación es Ebbó, se dice "Rogación" pero el término es Ebbó Orí, y Ebbó exige derecho (de acuerdo con Oddún).

Ebbo Meta no se realiza si Ita lo sugiere, como creo entender en su mensaje (ruego disculpe si entendí mal), Ebbó Meta se hace siempre al Iyawo. Se le dice Ebbó Meta por eso, porque es el Ebbó de los tres meses.

Yo respeto mucho todas las opiniones, pero por favor, recordemos que esta religión es Oddún.
Eso sí, lo que ya no debe hacer un mayor es abusar. Hay que actuar con responsabilidad.

Tanto derecho son $5 como $500.

Que esté bien.




Saludos, respondiendo a su intervencion, tal vez por lo corta no fue clara, todo iyawo debe realizar rogación a los 3 meses, lo cual es parte de su estabilidad y de su proceso como iyawo, en mi casa de santo se puede ser flexible con el iyawo si no tiene en el momento la manera de realizar su ebbo meta en cuanto al tiempo (3 meses), puede ser un poco mas si el caso lo requiere, pero si el iyawo no lo realiza no puede salir de su iyaworaje hasta culminar con ese paso, eso es en mi casa no puedo hablar de otras,
en cuanto a la rogación se puede pedir al iyawo que facilite los materiales para su realización, pero no se le debe cobrar por la rogaciòn ya que es un iyawo, al menos asi se en mi casa y mi intención no es refutar si de cobra en otras casas sino mostrar bajo que criterios lo hacemos en mi casa de santos, saludos y que la bendicion de oshun los alcance

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Entendí yo mal, entonces, lo que decía usted acerca de Ebbo Meta, disculpe.
Es que he leído cosas tan asombrosas sobre Osha que por eso preferí matizar ese dato. Pero sí, en ese punto estoy de acuerdo.


Sobre la rogacion, cada Ile tendra su forma, me imagino.

Que esté bien, abure

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Yo vengo de todas partes,
Y hacia todas partes voy:
Arte soy entre las artes,
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(José Martí, 1891, Cuba)

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Ngando Batalla escribió:
Ibu akofa escribió:
a un iyawo o yawo no se le deben cobrar derechos, al ser un año de purificaciòn no deben consultarlo o marcale obras fuera de su ita, por supuesto si dentro de su ita se le marca recibir algun orisha o poder como el ebbo meta para su estabilidad y que debe realizarse durante el iyaworaje, el iyawo debe cancelar el costo, en cuanto a las rogaciones cada casa tiene sus reglas y hay que respetar los criterios de otros religiosos pero es mi humilde opinion que no se deberia


Abure, en muchos Ilés es tradición hacer Rogación de Orí todos los meses al Iyawo... Hasta incluso con independencia de lo que Itá diga. La rogación es Ebbó, se dice "Rogación" pero el término es Ebbó Orí, y Ebbó exige derecho (de acuerdo con Oddún).

Ebbo Meta no se realiza si Ita lo sugiere, como creo entender en su mensaje (ruego disculpe si entendí mal), Ebbó Meta se hace siempre al Iyawo. Se le dice Ebbó Meta por eso, porque es el Ebbó de los tres meses.

Yo respeto mucho todas las opiniones, pero por favor, recordemos que esta religión es Oddún.
Eso sí, lo que ya no debe hacer un mayor es abusar. Hay que actuar con responsabilidad.

Tanto derecho son $5 como $500.

Que esté bien.




Saludos....


Exacto se debe cobrar lo justo (no es que le van a quitar 1000bs al iyawo por eso, como he visto), hay que presentar el derecho porque es un ebbo, el monto de ese derecho lo determina el padrino y los precios que este maneje, totalmente de acuerdo con batalla...
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