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"Quien venda, suministre o entregue indebidamente a un niño, niña o adolescente, productos cuyos componentes puedan causar dependencia física o psíquica, será penado o penada con PRISIÓN de 6 meses a 2 años, SI EL HECHO NO CONSTITUYE UN DELITO MAS GRAVE. (...)

La legislación venezolana establece una protección muy especial a los niños, niñas y adolescentes para salvaguardarles de abusos contra su integridad física o Psíquica realizadas por personas inescrupulosas que tienden a suministrarles sustancias nocivas para su salud.

El hecho de que el inescrupuloso, sea también un ignorante de la Ley e incluso, del simple sentido común, no lo excusa del cumplimiento de la Ley y menos lo salva de la sanción prevista en esta.

Por ello, hago la recomendación a fin de que sean más cautos a la hora de realizar prácticas que involucren menores de edad.

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